sábado, 31 de julio de 2010

El derecho a la cultura

31/Julio/2010
Suplemento Laberinto
Elena Enríquez Fuentes

Un compromiso aplazado

Hacer del derecho a la cultura, en su dimensión de derecho humano, un principio rector de la política cultural del Estado en México, es hoy una tarea ineludible e inaplazable. Nuestro país, al firmar diversos acuerdos internacionales, desde hace décadas, ha adquirido compromisos que van desde incorporar a su legislación preceptos y normas que aseguren la salvaguarda de los derechos humanos, hasta crear políticas públicas con perspectiva en esta materia.

No contar con una estructura jurídica e institucional que nos permita ejercer el derecho a la cultura, en su carácter de derecho humano, con apego a los acuerdos internacionales que México ha suscrito, ha contribuido a generar el tejido de un entramado social, institucional y jurídico que limita el disfrute de nuestra vida cultural, trunca sus posibilidades de desarrollo y anula el potencial económico que la cultura tiene como recurso. Además, el Estado, al aplazar su tarea de procurar los medios para hacer del derecho a la cultura una realidad, ha sido un factor más que propicia la violación de los derechos humanos.

Incorporar, en 2009, el derecho a la cultura al artículo cuarto de nuestra Constitución convirtió en urgente la necesidad de que el Estado en México cumpla con su deber de crear la infraestructura para ejercer el derecho a la cultura. En este momento el Congreso no puede aplazar más legislar sobre cómo se hará efectivo el derecho a la cultura, es inminente la creación de una Ley General de Cultura que regule entre otras cosas:

—La colindancia del derecho a la cultura con otros derechos humanos, como el derecho a la educación, el derecho de autor, el derecho a la propiedad, el derecho a la información y la libertad de expresión.

—El papel del Estado en el acceso, promoción y difusión de la cultura.

—Los principios que la estructura institucional de la cultura en México tomará como base para enfrentar sus problemas y desafíos.

—La manera como se enfrentarán los problemas constitucionales del multiculturalismo en México.

—La administración del patrimonio cultural.

—La forma como se asumirá la dimensión económica del derecho a la cultura.

Éstos son sólo algunos de los rubros más evidentes que demandan una política cultural clara para pensar en soluciones, crear acuerdos o establecer prioridades.

El hecho anterior trajo a debate nuevamente cómo definir una política cultural y cuáles serían sus principios rectores. Es de llamar la atención, que un número importante de las voces que se han dejado oír en torno a este tema, coinciden en considerar que la política cultural se limita a preservar el patrimonio cultural y fomentar las artes, cuando nos encontramos ante la coyuntura de decidir cuál es la importancia que le vamos a dar a la cultura en México. ¿Vamos a consentir que la política cultural se siga restringiendo a lo que ha sido hasta hoy?, un limitado apoyo a las artes (a través de becas y subsidios) y la mediana administración y preservación de nuestro patrimonio cultural.

Detonador de desarrollo

El derecho a la cultura está contemplado en el artículo 27 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se establece:

1) Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de su comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2) Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

A partir de lo anterior se induce que el derecho a la cultura es detonador de un círculo virtuoso: propicia que todos seamos partícipes de los beneficios de los bienes culturales y promueve su protección; es un mecanismo para conocer y respetar a los demás derechos humanos; busca asegurar el respeto a la creación y la propiedad intelectual, así como la justa remuneración por el uso de las obras producto del trabajo intelectual; permite garantizar el disfrute de los bienes culturales tanto como un factor de desarrollo social, así como un recurso económico renovable y de explotación ilimitada.

Esclarecer cuál es el esquema idóneo que permita: instrumentar la protección y el acceso equitativo y democrático a la cultura para potenciar desarrollo; garantizar el respeto a las identidades culturales y su preservación; y promover el aprovechamiento de la generación de bienes culturales y del patrimonio material e inmaterial como recursos económicos; es el punto nodal de una Ley General de Cultura.

En su intervención, en alguno de los diversos foros realizados desde hace ya casi una década en torno a estos temas, Néstor García Canclini señaló: “la tarea primordial de las leyes, más que resolver problemas, es crear condiciones para que los movimientos de la sociedad conviertan a los problemas en oportunidades”. Hoy claramente estamos ante esa circunstancia.

En su ensayo Literatura y derecho ante la ley, Claudio Magris hace la siguiente reflexión: “La ley instaura su imperio y revela su necesidad allí donde existe o es posible un conflicto; el reino del derecho es la realidad de los conflictos y de la necesidad de mediarlos (…) el derecho parece ligado a la barbarie del conflicto…” El derecho se funda en la necesidad de regular la conducta humana en postulados de justicia. Después de ratificar la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las naciones pertenecientes a la ONU han firmado acuerdos específicos como el Pacto internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, con el fin de propiciar la creación de una cultura donde los derechos humanos sean el punto de partida tanto de las acciones de los individuos como del Estado. Los derechos humanos son principios que, no sólo están orientados a preservar la paz, surgen de la consideración de que existe un conjunto de prerrogativas, inherentes a la naturaleza de las personas, cuya efectiva realización es indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Los derechos humanos son inalienables, incondicionales y universales, porque sin su ejercicio no es posible asegurar la dignidad humana, la paz, ni la vida.

¿Por qué el Estado en México tiene la obligación de adoptar el derecho a la cultura?

Desde su promulgación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se distinguió por su alto contenido social. En nuestro país, por mandato constitucional, el Estado tiene el deber de garantizar (mediante la gestión, la creación de infraestructura o incluso, si es necesario, proporcionando servicios) el cumplimiento de nuestros derechos constitucionales. Éstos se fundan en la dignidad humana, en nuestra Constitución se manifiestan como garantías individuales. Nacen del conocido planteamiento filosófico-antropológico que plasmó Platón en La República: donde hay una necesidad surge un derecho.

Así, el derecho a la vivienda, a la alimentación, a la educación, a la seguridad, a la libertad de creencias y de expresión, entre otros, y ahora, desde luego, el derecho a la cultura, deben estar garantizados por el Estado, que es el encargado de su tutela. Mientras en otros países la estruc- tura legislativa se limita a armonizar la convivencia entre los individuos, nosotros llevamos más allá el deber del Estado y lo hacemos responsable del bienestar social. Por todo lo anterior, gestionar y crear las condiciones para ejercer el derecho a la cultura tiene implicaciones más complejas que sólo pensar en cómo optimizar el actual aparato administrativo dedicado a la cultura o darle un patrimonio jurídico a las instituciones ya existentes: como Conaculta.

Diagnóstico de derechos culturales

Como ya se mencionó antes, en nuestro país, la implementación de políticas públicas, con perspectiva en los derechos humanos, no es algo que el Estado pueda en este momento decidir hacer o no, es un compromiso adquirido internacionalmente y una obligación que impone la Constitución. El Congreso, al legislar sobre la forma como haremos efectivo el derecho a la cultura, no puede ignorar las implicaciones que se derivan de su carácter de ser un derecho humano. La comisión de cultura de la Cámara de Diputados, y la titular del Conaculta han comunicado que trabajan en la creación de una Ley General de Cultura pero, en ninguna de las acciones anunciadas por ambos se ha mencionado realizar un diagnóstico de derechos culturales. Esta tarea es ineludible en el marco jurídico actual de la cultura en nuestro país. Sólo un diagnóstico de derechos culturales permitiría la formulación de una política cultural acorde con nuestra legislación vigente.

A partir de la obligación internacional adquirida por México de elaborar planes de derechos humanos, se han realizado tres programas federales en 1998, 2002 y 2008, pero en ninguno de ellos se han considerado a los derechos culturales. Sin la información que proporciona un diagnóstico la política cultural carece de sustento.

La política cultural, que se derive de la creación de una Ley General de Cultura, será el punto de partida para implementar políticas públicas. Para que una política pública tenga perspectiva de derechos humanos se requieren varias cosas:

1) Constituir a las personas como sujetos de derechos (este punto es el que ahora está cubierto al incorporar el derecho a la cultura a las garantías individuales).

2) Basarse en las obligaciones interna- cionales a partir de los estándares establecidos en los tratados tanto de Naciones Unidas como los regionales para América, las declaraciones, la jurisprudencia de las cortes internacionales y demás recomendaciones y observaciones generales emitidas por los distintos comités internacionales de derechos humanos.

3) Crear las condiciones para contar con un sistema participativo que involucre a la sociedad civil, academia y demás actores interesados.

4) Establecer mecanismos claros y eficientes de exigibilidad de los derechos.

5) Utilizar los principios de igualdad, no discriminación y perspectiva de género en su elaboración.

6) Establecer entre los principios de cualquier programa la transparencia y la rendición de cuentas.

7) Aplicar los principios de máximo uso de recursos disponibles y prohibir la regresión para asegurar el cumplimiento de mínimos básicos garantizados.

La formulación de toda política pública supone: un ejercicio de diagnóstico para, con la información recabada, elaborar líneas estratégicas y acciones específicas a corto, mediano y largo plazo, así como estándares para establecer metas y evaluar su cumplimiento.

De acuerdo con el Manual de planes de Derechos Humanos, elaborado por la Oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos en 2002, los diagnósticos de derechos humanos permiten, a partir de considerar las obligaciones internacionales, proporcionarle al Estado las herramientas para proteger, respetar y garantizar los derechos (la garantía incluye la prevención, investigación, sanción y reparación de daños). Al identificar el nivel de cumplimiento de las obligaciones internacionales contraídas se pueden identificar prioridades para cumplir en su totalidad.

¿Qué importancia le vamos a conceder a la cultura?

Los países con los estándares más altos de calidad de vida le han dado a la cultura un carácter estratégico, por su valor multidimensional de desarrollo, Michel D. Higgins mientras se desempeñaba como Ministro de Cultura del Reino Unido, en un importante cónclave donde se discutían medidas para enfrentar momentos de crisis hizo esta declaración:

“Cuando asistí por primera vez al Consejo de Ministros de Cultura en 1993… se decía que cuando volviera a haber crecimiento económico podríamos hablar de nuevo de proyectos culturales. Por mi parte dije que era precisamente cuando la economía está estancada, cuando no puedes crear empleo al viejo estilo, cuando las personas están afectadas por el racismo, entonces, es cuando hay que invertir en cultura, porque ello significa invertir en tolerancia, invertir en diversidad, invertir en creatividad e imaginación”.

Hoy el Reino Unido obtiene el 11 por ciento de su PIB por su economía de la cultura, es una de las principales potencias económicas y culturales del mundo. ¿En México cuál va a ser nuestra postura?

No hay comentarios:

Publicar un comentario